¿A quienes se les reconoce la condición de representantes del empleador?
A las personas que tengan la representación legal de la empresa, a quienes se les haya dado el carácter de representantes del empleador por medio de una convención colectiva de trabajo o por el reglamento interno.
Igualmente, tienen ese carácter, aquellos funcionarios que cuenten con poder de subordinación sobre otros y puedan en un momento dado comprometer a la empresa mediante sus actos u omisiones. Ejemplo: El Gerente, Administrador, y Jefe de Personal.
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